Por Libertad Magenta
En este afán de formarnos y formar sobre municipalismo hemos decidido en esta columna adentrarnos en el sistema de la provincia de Santa Fe, entendiendo a esta provincia como una de las pioneras en esta temática. Con unos 3.195.000 habitantes en 2010, es la tercera jurisdicción de primer orden más poblada —por detrás de la Provincia de Buenos Aires y la Provincia de Córdoba- y por su sistema de división política es de estas provincias justamente la de mayor proximidad, con una media de 9308 habitantes por municipio o comuna.
La división política de Santa Fe se centra en una regionalización dada por 5 regiones que se dividen en 19 departamentos, los que a su vez se separan en distritos categorizados en municipalidades de primera y segunda categoría -en base a su población- y comunas, en total la considerable cifra de 2 municipios de primera categoría, con más de 200mil habitantes, sólo alcanzada por Santa Fe y Rosario, 53 municipios de segunda categoría y 310 comunas.
Estos entes territoriales tienen leyes orgánicas; las Comunas cuentan con la Ley Provincial 2439/1935 y las Municipalidades con la Ley Provincial 2756/1939. Son Municipalidades todos aquellos centros urbanos que tengan una población mayor de 10 mil habitantes y son Comunas todos aquellos centros de población que no alcanzan la cantidad de 10 mil habitantes. A efectos de elevar una Comuna a la categoría de Municipio debe existir un Censo que determine la cantidad de habitantes, el que posteriormente tiene que ser aprobado por la Legislatura.
Para poder un centro poblado alcanzar la categoría de Comuna es requisito poseer 500 habitantes, y posteriormente la sanción de la Ley respectiva, al igual que en la provincia de Córdoba, ya estudiada en esta columna, no se requiere de mayor análisis que la cantidad de habitantes para determinar la procedencia de la creación de estos gobiernos locales.
Cada Municipalidad se compone de un Concejo Municipal y de un Departamento Ejecutivo el cual está a cargo de un funcionario con el título de Intendente Municipal, y que es elegido por el pueblo, y dura cuatro años en el ejercicio de sus funciones. El Concejo Municipal se compone de miembros elegidos directamente por los vecinos de cada municipio. Los mandatos de los concejales duran cuatro años y se renuevan cada dos años por mitades.
La administración de una Comuna está a cargo de una Comisión Comunal elegida por la comunidad. La Comisión Comunal se compone de tres miembros titulares e igual número de suplentes cuando las localidades no hayan alcanzado una población de 1500 habitantes, o de cinco miembros titulares e igual número de suplentes, cuando las villas hayan alcanzado una población de 1500 habitantes en su ejido urbano.
Cuando las Comisiones se constituyen por cinco miembros, se eligen cuatro por la mayoría y uno por la minoría y cuando son de tres miembros, dos por la mayoría y uno por la minoría. Todos duran en su mandato dos años, y la Comisión elige por sí misma y de entre sus propios miembros un presidente, un vicepresidente y un tesorero.
Conjuntamente se elige una Comisión de Contralor de Cuentas, que tiene a su cargo el control del gasto comunal, a la cual, la Comisión Comunal debe presentar comprobantes y balance para su aprobación o desaprobación.
Lo más importante para entender la trascendencia de este sistema es que los municipios y comunas cuentan con un presupuesto propio, determinado por sus autoridades, cuyos activos se componen por la coparticipación y diversos recursos aportados por el estado provincial y por las tasas percibidas por servicios urbanos y derechos de habilitación y construcción entre otros, es decir que poblaciones de 500 habitantes constituidas en comunas manejan sus propios recursos y deciden libremente las prioridades de su comunidad.
Según su propia página “La provincia de Santa Fe constituye una red institucional y territorial de la cual los gobiernos comunales son piezas esenciales. Su participación activa en la toma de decisiones de las políticas públicas y estratégicas para el territorio es necesaria para lograr una provincia integrada”, contrariamente a los bonaerenses, los sant
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